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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 23/04/2009

Núm. Acuerdo: 80/2009

Núm. Expediente: 283/508

Autor: Otros

Objeto:

Consulta sobre si en las elecciones al Parlamento Europeo, habiendo decidido que en Cataluña únicamente aparezcan en las papeletas los candidatos de la coalición de dicho ámbito, cabe la posibilidad de que en las candidaturas del resto del Estado aparezcan en las papeletas únicamente el resto de los candidatos de la coalición, excluidos los de las papeletas electorales de Cataluña.

Acuerdo:

Trasladar que la opción prevista en el artículo 222 de la LOREG se limita a que "los partidos, federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores podrán hacer constar en el momento de presentación de la candidatura ante la Junta Electoral Central su voluntad de que en determinadas secciones electorales coincidentes con el territorio de algunas de las Comunidades Autónomas se expresen únicamente los nombres de los candidatos y suplentes miembros de partidos o de sus organizaciones territoriales con ámbito de actuación estatutariamente delimitado a dicho territorio así como, en su caso, su propia denominación, sigla y símbolo", de manera que si no se hace uso de esa opción deberá constar en el resto del territorio del Estado la candidatura completa.

Proceso electoral asociado:

Elecciones al Parlamento Europeo 2009

Descriptores de materia:

PAPELETAS Y SOBRES ELECTORALES

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