Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 07/06/2009
Núm. Acuerdo: 186/2009
Núm. Expediente: 292/790
Autor: | Representante General del Partido Popular |
Objeto:
Recurso del Partido Popular por la forma de emisión de publicidad electoral inmediatamente después de la celebración de un debate en RTVE.
Acuerdo:
Inadmitir a trámite el recurso por extemporáneo, puesto que los recursos contra las actuaciones de los medios de comunicación de titularidad pública que puedan tener incidencia en el proceso electoral deben ser planteados dentro de las 24 horas siguientes a la realización de aquéllas que se pretenden impugnar, según dispone el apartado Tercero de la Instrucción de 13 de septiembre de 1999, de la Junta Electoral Central, en desarrollo del artículo 66 LOREG, y en el presente caso el recurso se ha presentado el día 29 y se refiere a actuaciones del 25 de mayo.
Descriptores de materia:
MEDIOS DE COMUNICACIÓN PÚBLICOS
PROPAGANDA ELECTORAL - Irregularidades
RECURSOS ADMINISTRATIVOS