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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 17/12/2009

Núm. Acuerdo: 267/2009

Núm. Expediente: 353/132

Autor: Sr. Vicepresidente Primero de la Diputación Provincial de Guadalajara

Objeto:

Consulta sobre exigencia de representación específica para la elección de nuevo alcalde, por renuncia del anterior, en municipio de Castilla-La Mancha que funciona en régimen de concejo abierto, al no estar contemplado dicho extremo de la Ley 3/1991, de 14 de marzo, de Entidades Locales de Castilla-La Mancha.

NOTA.- Ley 3/1991, de 14 de marzo, de Entidades Locales de Castilla-La Mancha.

Artículo 61) 1.- La representación de los vecinos a efectos de celebración de sesiones se hará como norma general por el procedimiento establecido en el artículo 111 del ROF...

2.- En la celebración de sesiones para la discusión y votación de la moción de censura al alcalde, la representación deberá ser expresa...

Acuerdo:

Esta Junta entiende que en el supuesto de renuncia de un alcalde de un municipio de Castilla-La Mancha que funcione en régimen de concejo abierto, en la sesión en que deba elegirse nuevo alcalde es posible la representación de los vecinos conforme el procedimiento establecido en el artículo 111 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF) ya que la única excepción establecida por el artículo 61.2 de la Ley 3/1991, de 14 de marzo, de Entidades Locales de Castilla-La Mancha, se refiere a la sesión que se discuta y vote una moción de censura, supuesto diferente del aquí considerado

Descriptores de materia:

ALCALDES - Elección

ALCALDES - Renuncia

CONCEJO ABIERTO

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