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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 17/12/2009

Núm. Acuerdo: 278/2009

Núm. Expediente: 359/225

Autor: Sr. Presidente del Consejo Comarcal de Pla d¿Urgell (Lleida)

Objeto:

Vacante de consejero comarcal habiéndose agotado la lista de suplentes de la candidatura Esquerra Republicana de Catalunya-Acord Municipal.

Acuerdo:

Trasladar que esta Junta Electoral Central tiene reiteradamente acordado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.4 del Decreto Legislativo 4/2003, de 3 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Organización Comarcal de Cataluña, que en el caso de que en la designación de suplentes para el cargo de Consejero Comarcal la entidad política correspondiente haya optado por el sistema de adscripción a cada miembro electo de uno o más candidatos, en el supuesto de que el suplente por cualquier causa no pueda acceder al cargo de Consejero Comarcal, la formación política deberá proceder a designar nuevo candidato titular, con el correspondiente suplente o suplentes.

El presente acuerdo será notificado por el Consejo Comarcal a la formación política afectada.

Descriptores de materia:

CONSEJEROS COMARCALES - Vacantes

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