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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 12/03/2009

Núm. Acuerdo: 59/2009

Núm. Expediente: 353/87

Objeto:

Secretaria de Ayuntamiento de Castilla y León. Renuncia de concejales en Ayuntamiento de entre 100 y 250 habitantes sin que existan más candidatos para poder cubrir las vacantes producidas.

Acuerdo:

Trasladar que la Junta Electoral Central tiene reiteradamente acordado que la previsión del artículo 182.2 de la LOREG de designación de concejales a propuesta de las entidades políticas en el caso de agotamiento de la lista de candidatos titulares y suplentes no es de aplicación a los municipios de entre 100 y 250 habitantes, sujetos a escrutinio mayoritario uninominal. Teniendo en cuenta que en el presente caso el número de miembros de la Corporación es inferior a la mitad del número legal procede la constitución de una Comisión Gestora designada por la Diputación Provincial.

Descriptores de materia:

COMISIÓN GESTORA - Constitución

CONCEJALES - Vacantes

MUNICIPIOS DE ENTRE 100 Y 250 HABITANTES

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