Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 12/03/2009
Núm. Acuerdo: 59/2009
Núm. Expediente: 353/87
Objeto:
Secretaria de Ayuntamiento de Castilla y León. Renuncia de concejales en Ayuntamiento de entre 100 y 250 habitantes sin que existan más candidatos para poder cubrir las vacantes producidas.
Acuerdo:
Trasladar que la Junta Electoral Central tiene reiteradamente acordado que la previsión del artículo 182.2 de la LOREG de designación de concejales a propuesta de las entidades políticas en el caso de agotamiento de la lista de candidatos titulares y suplentes no es de aplicación a los municipios de entre 100 y 250 habitantes, sujetos a escrutinio mayoritario uninominal. Teniendo en cuenta que en el presente caso el número de miembros de la Corporación es inferior a la mitad del número legal procede la constitución de una Comisión Gestora designada por la Diputación Provincial.
Descriptores de materia:
COMISIÓN GESTORA - Constitución
CONCEJALES - Vacantes
MUNICIPIOS DE ENTRE 100 Y 250 HABITANTES