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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 26/02/2009

Núm. Acuerdo: 49/2009

Núm. Expediente: 292/758

Objeto:

Recurso interpuesto por el Partido Popular contra acuerdo de la Junta Electoral de Galicia de 21 de febrero de 2009 por el que se resuelve recurso interpuesto por la citada formación política en relación con el comunicado de 18 de febrero de la Compañía de Radio Televisión de Galicia (CRTVG) sobre cancelación de debate por supuesta no confirmación de asistencia por el candidato del partido recurrente.

Acuerdo:

Desestimar el recurso y confirmar el acuerdo impugnado ya que el comunicado de la Compañía de Radio Televisión de Galicia (CRTVG) en el espacio de información electoral emitido en el noticiario de 18 de febrero de 2009 no se limitó a lamentar la inexistencia de debate sino que dio una información inexacta por incompleta relativa a una de las formaciones políticas concurrentes al proceso electoral, información que resulta contraria al deber de neutralidad política que es exigible a los medios de comunicación de titularidad pública, conforme establece el artículo 66 de la LOREG; todo ello sin perjuicio de que esta Junta reafirme el valor de los debates que puedan celebrar los medios de comunicación de titularidad pública

Proceso electoral asociado:

Elecciones al Parlamento de Galicia 2009

Descriptores de materia:

ENTREVISTAS Y DEBATES

MEDIOS DE COMUNICACIÓN PÚBLICOS

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