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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 21/05/2009

Núm. Acuerdo: 133/2009

Núm. Expediente: 310/275

Autor: Ilmo. Sr. Director General de Política Interior

Objeto:

Solicitud de que puedan considerarse válidas las papeletas de votación ya fabricadas de conformidad con la proclamación de candidaturas publicadas en el Boletín Oficial del Estado del día 12 de mayo y que han sufrido alguna modificación consecuencia de la corrección de errores aprobada por la Junta, y que únicamente se remitirían a los electores residentes en el exterior.

Acuerdo:

Vistas las inexactitudes existentes en las papeletas de votación sometidas a esta Junta, tanto en las oficiales como en las confeccionadas por las entidades políticas, consistentes en la existencia de leves diferencias en los símbolos o logotipos de las candidaturas, errores tipográficos en los nombres de los candidatos y otras similares, para salvaguardar la efectividad del derecho de sufragio de los electores, así como los derechos de las entidades políticas concurrentes a las elecciones, tales papeletas deberán considerarse válidas.

Descriptores de materia:

PAPELETAS Y SOBRES ELECTORALES

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