Junta Electoral Central - Portal

Acuerdos por sesiones

Logotipo de la Junta Electoral Central
Versión para imprimir

Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 15/10/2009

Núm. Acuerdo: 235/2009

Núm. Expediente: 353/119

Autor: Sra. Secretaria del Ayuntamiento de Silleda (Pontevedra).

Objeto:

Consulta sobre la presidencia de la sesión de la Corporación Local en que deba tramitarse una moción de censura.

Acuerdo:

La previsión del artículo 197.5 de la LOREG debe entenderse en el sentido de que el Alcalde sigue ejerciendo sus competencias en tanto no se apruebe la moción de censura, si bien con exclusión de las relativas a la presidencia de la sesión en que deba tramitarse dicha moción de censura, supuesto en el que, según dispone el artículo 197.1.d) de la LOREG corresponde a una Mesa de Edad, integrada por los concejales de mayor y menor edad de los presentes, excluidos el Alcalde y el candidato a la Alcaldía, actuando como Secretario el que lo sea de la Corporación. Las competencias de dicha Mesa de Edad deben entenderse análogas a las establecidas para la sesión constitutiva de la Corporación local, en los términos que recogen los artículos 37 y siguientes del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre).

Descriptores de materia:

ALCALDES - Moción de censura

MESA DE EDAD

   Volver