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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 15/10/2009

Núm. Acuerdo: 232/2009

Núm. Expediente: 353/111

Autor: Sra. Secretaria del Ayuntamiento de Tiurana (Lleida).

Objeto:

Consulta sobre cobertura de vacante de Alcalde en municipio que funciona en régimen de concejo abierto.

Acuerdo:

La Junta Electoral Central tiene reiteradamente acordado que en el supuesto de renuncia, fallecimiento, incapacidad o inhabilitación del Alcalde de un municipio que funciona en régimen de concejo abierto, de no existir legislación autonómica al respecto, le sustituye el siguiente candidato en número de votos.
En caso de que no existan otros candidatos, habrá de designarse un órgano unipersonal que asuma con carácter gestor las funciones de Alcalde, designación que habrá de realizar la Diputación Provincial o el órgano competente de la Comunidad Autónoma, teniendo en cuenta los resultados de las últimas elecciones municipales.

Descriptores de materia:

ALCALDES PEDÁNEOS - Vacantes

CONCEJO ABIERTO

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