Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 26/03/2009
Núm. Acuerdo: 67/2009
Núm. Expediente: 251/404
Autor: | Otros |
Objeto:
Consulta sobre incompatibilidad de concejala contratada por el Ayuntamiento dentro de un Plan de Subvenciones de la Junta de Extremadura, de conformidad con el Decreto 172/2008, de 20 de noviembre, por el que se regulan medidas de fomento del empleo en colaboración con las Administraciones Locales.
Acuerdo:
Trasladar que esta Junta Electoral Central tiene reiteradamente acordado que no existe incompatibilidad con la condición de concejal si el interesado no se incorpora a la plantilla de personal del Ayuntamiento, ni tampoco cuando se trate de obras de corta duración y financiadas con fondos ajenos al Ayuntamiento, siempre que no se convierta en contratista de la Corporación local, supuesto éste incompatible conforme a lo dispuesto en el artículo 178.2.d) de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.
Descriptores de materia:
CONCEJALES
CORPORACIONES LOCALES
INCOMPATIBILIDAD