Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 28/05/2009
Núm. Acuerdo: 146/2009
Núm. Expediente: 202/134-3
Autor: | Ilmo. Sr. Director de la Oficina del Censo Electoral. |
Objeto:
Solicitud de autorización de la Junta Electoral Central para entrega de copia del censo electoral formulada fuera de plazo.
Acuerdo:
Denegar la solicitud recabada, planteada ayer, 27 de mayo de 2009, por cuanto, como tiene declarado esta Junta, la finalidad pretendida con dicha entrega es, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 41.5 LOREG, la de que las formaciones políticas puedan remitir a los electores propaganda electoral antes del día de la votación, y en el día de hoy vence el plazo para poder realizar la entrega de dicha propaganda. Así las cosas, el cumplimiento de la finalidad de la entrega de los documentos censales no ha resultado factible por retraso imputable a la coalición que reclama. La circunstancia de que la candidatura se haya visto sometida al procedimiento previsto en el artículo 49.5 de la LOREG no afecta a la conclusión anterior, teniendo en cuenta las fechas de proclamación de la candidatura por parte de esta Junta Electoral Central (11 de mayo), de anulación de la misma por la Sala especial del Tribunal Supremo (art. 61 LOPJ) (16 de mayo), y de rehabilitación de la coalición en sus derechos en el presente proceso electoral por la sentencia del Tribunal Constitucional del pasado 22 de mayo. Contra este Acuerdo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde la adopción del acuerdo impugnado, según establecen los artículos 12.3 a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Proceso electoral asociado:
Elecciones al Parlamento Europeo 2009
Descriptores de materia:
CENSO ELECTORAL - Datos
PROPAGANDA ELECTORAL
RECURSOS CONTENCIOSOS-ADMINISTRATIVOS