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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 14/10/2010

Núm. Acuerdo: 92/2010

Núm. Expediente: 292/808

Autor: Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Palma de Mallorca

Objeto:

Consulta sobre fecha límite para llevar a cabo inauguraciones o actos públicos, teniendo en cuenta la celebración de las próximas elecciones locales y autonómicas.

Acuerdo:

En relación con la consulta planteada, se comunica que ha de estarse a lo dispuesto en la Instrucción de la Junta Electoral Central de 13 de septiembre de 1999, sobre el objeto y los límites de las campañas institucionales (BOE nº 222, de 16 de septiembre). Asimismo, con arreglo al criterio sentado por esta Junta, no resulta contraria a los principios de transparencia e igualdad de los distintos sujetos del proceso electoral la realización de inauguraciones o colocación de primeras piedras o actos similares cuando se produzcan los mismos sin connotaciones electoralistas y sin intervención de autoridades ajenas por razón de la competencia al sector público de que se trate y menos cuando las citadas actuaciones vengan exigidas como consecuencia de la financiación en parte mediante fondos de la Unión Europea.

Descriptores de materia:

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