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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 16/11/2010

Núm. Acuerdo: 114/2010

Núm. Expediente: 353/181

Autor: Ayuntamiento de Barbate (Cádiz)

Objeto:

Ayuntamiento de Barbate (Cádiz). Se comunica vacantes de concejal del Ayuntamiento sin que se proceda a su cobertura.

Acuerdo:

En relación con la cobertura de vacantes de concejal de ese Ayuntamiento correspondientes a la formación política IU-LV-CA, se comunica que la Instrucción de la Junta Electoral Central de 10 de julio de 2003 (BOE 18 de julio), sobre sustitución de cargos representativos locales, dispone en su apartado primero que por los Ayuntamientos deberá indicarse el nombre de la persona a la que corresponde cubrir la vacante producida.

Tal información fue proporcionada a ese Ayuntamiento mediante fax del Excmo. Sr. Secretario de este órgano de 10 de septiembre pasado y reiterada el 4 de noviembre actual, a la vista de las renuncias anticipadas formuladas por integrantes de la candidatura de la citada formación política.

Existiendo actualmente tres vacantes de concejal de la candidatura de IU-LV-CA, se requiere al Sr. Alcalde y al Secretario del Ayuntamiento de Barbate para que, en plazo de cinco días, informen sobre los candidatos a los que corresponde cubrir las vacantes referidas o, en su caso, de si procede la aplicación del procedimiento previsto en el artículo 182.2 de la LOREG para el supuesto de agotamiento de listas de candidatos y suplentes, cuya tramitación se regula en la citada Instrucción de 10 de julio de 2003, así como de los motivos de la dilación producida en la contestación al requerimiento de esta Junta.

Descriptores de materia:

CONCEJALES - Sustitución

CONCEJALES - Vacantes

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