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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 16/11/2010

Núm. Acuerdo: 119/2010

Núm. Expediente: 292/819

Autor: Representante General de Ciutadans-Partido de la Ciudadanía

Objeto:

Representante General de Ciutadans-Partido de la Ciudadanía presenta recurso contra resolución de la Corporación RTVE de entrevistas a emitir en el programa "Los Desayunos de TVE".

Acuerdo:

Desestimar el recurso por los siguientes motivos:

1º) La resolución de la Corporación RTVE respecto a las entrevistas a emitir en el programa "Los Desayunos de TVE" respeta los principios de igualdad y pluralismo político exigidos por el artículo 66 de la LOREG, ya que, en primer lugar, responde a la circunstancia de la limitación del tiempo que exige el medio televisivo, y en el presente caso la asignación de cinco minutos de duración a una entrevista no puede entenderse, como afirma el recurrente, que sea desproporcionadamente corta y le impida explicar las líneas generales de su oferta electoral.

2º) El criterio tenido en cuenta por RTVE para fijar los tiempos de cada entrevista responde a un criterio objetivo que entra dentro del ámbito de libertad de programación del medio como es el de una razonable proporcionalidad que tenga en cuenta los resultados obtenidos en las últimas elecciones equivalentes, criterio que esta Junta ha entendido acorde con lo dispuesto en el artículo 66 de la LOREG. Por otra parte, en el presente caso, la decisión adoptada está lejos de responder a la proporcionalidad matemática que sostiene el recurrente, ya que de ser así, la asignación a la formación política recurrente hubiera sido mucho menor, en la medida en que, por ejemplo, la proporción entre los escaños obtenidos por la formación recurrente y por la formación más votada es de 1 a 16 y la proporción de los tiempos asignados es tan solo de 1 a 6.

Descriptores de materia:

ENTREVISTAS Y DEBATES

RECURSOS ADMINISTRATIVOS

TELEVISIÓN

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