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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 16/11/2010

Núm. Acuerdo: 122/2010

Núm. Expediente: 299/76

Autor: Representante General del Partido Popular

Objeto:

Representante General del Partido Popular solicita que la expresión "Tramesa de propaganda electoral" se considere válida a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el apartado 1.2 de la Orden del Ministerio de Fomento FOM 2776/2010, de 18 de octubre, por la que se dictan normas sobre la colaboración del servicio de Correos en las elecciones al Parlamento de Cataluña que dispone que en los envíos de propaganda electoral deberá figurar la inscripción "Enviaments postals de propaganda electoral".

Acuerdo:

A pesar de que las formaciones políticas deben ajustarse a lo dispuesto en las correspondientes Órdenes Ministeriales para realizar los envíos postales de propaganda electoral, máxime cuando, como se señala en el informe de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, la fórmula utilizada en la Orden del Ministro de Fomento, de 18 de octubre de 2010, es la misma que la utilizada en el proceso electoral precedente en la Orden Ministerial de 11 de septiembre de 2006, teniendo en cuenta que las expresiones "enviaments" y "tramesa" cabe considerarlas como sinónimas, y que, además, dichas expresiones tienen una función meramente identificativa del tipo de envío, sin que en consecuencia suscite dudas la utilización indistinta de cada una de ellas, y dado el momento en el que alcanza el proceso electoral, esta Presidencia ha resuelto comunicar a la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos que deben considerarse válidos los envíos de propaganda electoral en que conste la inscripción "Envíos postales de propaganda electoral/Tramesa de propaganda electoral".

Proceso electoral asociado:

Elecciones al Parlamento de Cataluña 2010

Descriptores de materia:

PROPAGANDA ELECTORAL

SERVICIO DE CORREOS

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