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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 23/11/2010

Núm. Acuerdo: 135/2010

Núm. Expediente: 292/823

Autor: Ilmo. Sr. Presidente de la Junta Electoral Provincial de Barcelona

Objeto:

Acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Barcelona de 23 de noviembre por el que se decide requerir a la Corporació Catalana dels Mitjans Audiovisuals a fin de que se abstenga de emitir el debate "cara a cara" entre los candidatos de CIU y PSC programado para las 22,15 horas de hoy.
* Recursos interpuestos por CIU y PSC-PSOE contra el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Barcelona de 23 de noviembre de 2010.
* Alegaciones de diversas formaciones políticas.

Acuerdo:

Desestimar los recursos interpuestos y confirmar el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Barcelona por los siguientes motivos:

1. Esta Junta tiene reiteradamente declarado que la celebración y emisión de debates entre las distintas candidaturas concurrentes en un proceso electoral es un instrumento fundamental para el desarrollo y fortalecimiento del proceso democrático. La ordenación en uno o varios debates plurales o bilaterales es cuestión que queda al criterio de la dirección del correspondiente medio de comunicación, siempre que con ello se respete el pluralismo político y social y la neutralidad informativa exigidas por el artículo 66 de la LOREG.

Es también criterio de esta Junta que la celebración de un debate entre los candidatos de las dos formaciones políticas que obtuvieron mayor número de votos en las últimas elecciones equivalentes no supone desequilibrio o desproporción que pueda considerarse atentatorio contra los principios de pluralismo político y neutralidad informativa proclamados por el citado artículo 66 de la LOREG siempre que las fuerzas políticas que no participen en dichos debates bilaterales sean compensados con entrevistas u otros debates.

Sin embargo esta Junta ha exigido de manera constante que la organización de dichos debates se haga con criterio de previsión y antelación suficiente, de manera que permita garantizar la igualdad respecto de los candidatos concurrentes a las elecciones. La Instrucción de la Junta Electoral Central de 13 de septiembre de 1999, bien aplicada por la Junta Electoral Provincial de Barcelona en el presente caso, se ha dictado en el ejercicio de la delegación expresa que el artículo 66 de la LOREG encomienda a la Junta Electoral Central y lejos de ser un mero elemento formal, constituye un instrumento imprescindible para garantizar el pluralismo político y la igualdad entre los candidatos concurrentes a las elecciones. Los plazos previstos por la citada Instrucción y la forma en que debe producirse la comunicación que el medio haga sobre la organización de los debates (con indicación de la fecha y hora de emisión, de las entidades políticas invitadas y aceptación de las mismas y de la duración del debate) tienen por objeto permitir que se respete el derecho de igualdad de las candidaturas concurrentes no invitadas a ese debate. En suma, frente a lo alegado por una de las formaciones políticas recurrentes, el plazo de preaviso de cinco días establecido en la LOREG no se alza contra el derecho de los electores a conocer las propuestas de las candidaturas concurrentes a las elecciones sino que es un instrumento para garantizar que éste se realice con respeto a los valores de pluralismo e igualdad.

2. En el presente caso, el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Barcelona es conforme a Derecho pues se ha limitado a exigir el cumplimiento de la citada Instrucción de la Junta Electoral Central de 13 de septiembre de 1999. Esto es así porque la mera referencia genérica a un debate cara a cara entre los dos candidatos de las dos fuerzas políticas mayoritarias, incluida en la página 14 de los criterios de cobertura informativa remitidos por la Corporació Catalana dels Mitjans Audiovisuals, sin concretar la fecha y la duración del debate no puede considerarse que cumpla las especificaciones establecidas en la Instrucción de la Junta y buena prueba de ello es que la propia Televisió de Catalunya haya presentado nueva comunicación en la que ya se detallan esos extremos.

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