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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 06/05/2010

Núm. Acuerdo: 41/2010

Núm. Expediente: 360/42

Autor: Ilmo. Sr. Presidente de la Junta Electoral Provincial de Cantabria.

Objeto:

Expediente instruido por la Junta Electoral Provincial de Cantabria como consecuencia de denuncia interpuesta por Partido Político por superposición de carteles de otra formación política en relación con la campaña electoral de las elecciones al Parlamento Europeo de 2009.

Acuerdo:

1.º) Una vez producida la disolución de las Juntas Electorales Provinciales y de Zona por el transcurso de cien días desde la celebración de las Elecciones al Parlamento Europeo de 7 de junio de 2009, según dispone el artículo 15.2 la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, corresponde a la Junta Electoral Central resolver el expediente de referencia.
2.º) Visto el expediente instruido en su integridad por la Junta Electoral Provincial de Cantabria, esta Junta acuerda convalidar dicho expediente sancionador de manera que corresponde proceder a su resolución.
3.º) Aprobar la propuesta de resolución formulada por la Instructor de la Junta Electoral Provincial de Cantabria con fecha 30 de julio de 2009 y, en consecuencia:
1.- Declarar probados los hechos que se relatan en el fundamento primero de la referida propuesta de resolución, calificando tales hechos como una infracción electoral prevista en el artículo 153.1 de la LOREG en relación con el artículo 53 de la citada Ley, imponiendo a los Sres. S.G., F.C. y C.M. la sanción de multa de ciento cincuenta euros a cada uno de ellos.
2.- Declarar el archivo del expediente respecto del Sr. C.N., declarando que no existe responsabilidad del mismo por los hechos objeto de este expediente.

Proceso electoral asociado:

Elecciones al Parlamento Europeo 2009

Descriptores de materia:

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PROPAGANDA ELECTORAL - Irregularidades

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