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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 08/04/2010

Núm. Acuerdo: 34/2010

Núm. Expediente: 353/157

Autor: Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Mendigorria (Navarra).

Objeto:

Se propone para cobertura de vacante de concejal a concejal que ha desempeñado el puesto con anterioridad y ha renunciado, habiendo sido sustituido por el candidato siguiente de la misma lista.

Acuerdo:

Trasladar que la Junta Electoral Central tiene reiteradamente acordado lo siguiente: Una vez producida la renuncia y aceptada la misma por la Corporación municipal, el cargo de concejal del Ayuntamiento se ha perdido, sin que resulte posible el reingreso en la Corporación municipal. Por lo tanto, habiendo renunciando a su cargo de concejal la Sra. I.D., renuncia de la que tomó conocimiento el Pleno de la Corporación en sesión de 19 de diciembre 2007, y habiéndose expedido credencial de concejal por esta Junta Electoral Central con fecha 19 de febrero de 2008 a favor del Sr. E.U., candidato a quien correspondía cubrir la vacante producida, la actual vacante de concejal por renuncia del Sr. F.I. debería ser cubierta por la Sra. B.P. No obstante, habiéndose recibido en esta Junta renuncia anticipada de la citada Sra. B.P. a cubrir la vacante de referencia y dado que no quedan más candidatos en la lista presentada por la formación política en las elecciones locales de 2007, la vacante de concejal deberá ser cubierta, en su caso, por el procedimiento establecido en el artículo 182.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, el cual establece que "no podrán ser designadas aquellas personas que habiendo sido candidatos o suplentes en aquella lista, hubieran renunciado al cargo anteriormente."

Descriptores de materia:

CONCEJALES - Sustitución

CONCEJALES - Vacantes

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