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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 19/07/2010

Núm. Acuerdo: 62/2010

Núm. Expediente: 140/237

Autor: Ilmo. Sr. Director General de Política Interior

Objeto:

Ilmo. Sr. Director General de Política Interior. Objeto: Consulta sobre miembros de Mesa Electoral con derecho a contar con ayuda de intérpretes de las lenguas de signos españolas. Adjunta informe del Ministerio de Sanidad y Política Social.

Acuerdo:

Esta Junta es del parecer de que en el supuesto de que una persona sorda o con discapacidad auditiva que sea designada como miembro de una Mesa electoral y que no presente la excusa justificada prevista en el artículo 27 de la LOREG tiene derecho a contar con un intérprete profesional de lenguaje de signos para poder cumplir con dicho cargo obligatorio siempre que lo solicite de conformidad con las condiciones que se prevean en la normativa reglamentaria de desarrollo de la LOREG. Dicha normativa deberá establecer las correspondientes garantías de idoneidad, transparencia y objetividad en la designación y desempeño de sus funciones.

Aun cuando no resulte preceptivo, esta Junta sugiere al Ministerio del Interior que el proyecto normativo para desarrollar esta previsión sea sometido a informe previo de la Junta Electoral Central.

Descriptores de materia:

MESAS ELECTORALES

PERSONA CON DISCAPACIDAD

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