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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 19/07/2010

Núm. Acuerdo: 65/2010

Núm. Expediente: 251/425

Autor: Representante General de Esquerra Republicana de Catalunya

Objeto:

Representante General de Esquerra Republicana de Catalunya. Consulta sobre inelegibilidad, a efectos de las elecciones al Parlamento de Cataluña, de los altos cargos de la Generalidad de Cataluña, a excepción del Presidente de la misma y de los miembros del Gobierno.

Acuerdo:

1º.- Cabe recordar que la jurisprudencia constitucional tiene reiteradamente declarado que no cabe extender vía interpretativa las causas de inelegibilidad previstas por la Ley Electoral a los altos cargos de la Administración si expresamente no ha sido establecida por aquélla (STC 45/1983).

2º.- Esta Junta constata que en este momento la Comunidad Autónoma de Cataluña no ha regulado las causas de inelegibilidad para las elecciones al Parlamento de Cataluña, por lo que, en consecuencia, únicamente resultarán aplicables las causas de inelegibilidad previstas con carácter general para todos los procesos electorales en la LOREG.

3º.- En la relación de supuestos de inelegibilidad establecidos en el artículo 6 de la LOREG, no hay una previsión referida a los altos cargos de la Administración de la Generalidad de Cataluña. En relación a cargos dependientes de las Comunidades Autónomas, la LOREG sólo recoge el caso previsto en el artículo 6.3.c), referido a los Directores de Entidades de Radio Televisión dependientes de las Comunidades Autónomas.

Proceso electoral asociado:

Elecciones al Parlamento de Cataluña 2010

Descriptores de materia:

DIPUTADOS PROVINCIALES - Elegibilidad

ELECCIONES LOCALES

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