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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 05/05/2011

Núm. Acuerdo: 215/2011

Núm. Expediente: 251/443

Autor: Representante del PSOE en Granada

Objeto:

Consulta sobre la elegibilidad de los policías nacionales en situación de segunda actividad sin destino.

Acuerdo:

Esta Junta Electoral entiende que los miembros del Cuerpo Nacional de Policía que se encuentren en la situación administrativa de segunda actividad sin destino siguen siendo inelegibles de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 6 de la LOREG. Como se indicó en los acuerdos de 24 de febrero de 1995 o 12 de marzo de 2003 entre otros, en la medida en que el pase a una situación administrativa no implica la cesación de la relación profesional activa de la persona con el Cuerpo Nacional de Policía, la causa de inelegibilidad sigue existiendo.

Descriptores de materia:

FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD

INELEGIBILIDAD

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