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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 12/05/2011

Núm. Acuerdo: 276/2011

Núm. Expediente: 321/249

Autor: Ilmo. Sr. Director General de Política Interior

Objeto:

Consulta de la Dirección General de Política Interior en relación con el envío de los votos a España por la Oficina Consular.

Acuerdo:

Visto que por el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación se ponen de relieve las dificultades que determinados Consulados pueden tener para proceder al envío de los votos recibidos en las Oficinas Consulares de electores inscritos en el CERA al día siguiente del cierre de las urnas, como establece el artículo 75.8 de la LOREG, por estar cerradas las aduanas los sábados y domingos y en consecuencia no poder despachar el envío de la documentación electoral mediante la valija diplomática hasta el lunes, con los problemas que puede provocar dicho retraso, el criterio de esta Junta es favorable a que la referida documentación electoral pueda enviarse el mismo día en que concluye el plazo para el depósito del voto en la urna establecida en la Oficina Consular, una vez que se cierre al público dicha Oficina y exista la seguridad de que no habrá más reparto de correos certificados.

Descriptores de materia:

CENSO ESPECIAL DE RESIDENTES AUSENTES - Voto

EMBAJADAS Y CONSULADOS

PLAZOS

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