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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 10/11/2011

Núm. Acuerdo: 690/2011

Núm. Expediente: 354/42

Autor: Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Aspe (Alicante).

Objeto:

Consulta sobre la posibilidad de la realización de una moción de censura prevista para el día de la jornada de reflexión.

Acuerdo:

La campaña electoral y en concreto la jornada de reflexión no interfiere en la actividad ordinaria de las administraciones públicas, todo ello sin perjuicio de las prohibiciones establecidas en el artículo 50 de la LOREG. En la medida en que la moción de censura prevista no es un acto de campaña electoral y su fecha según el artículo 197.1.c) de la LOREG viene impuesta por la convocatoria automática del Pleno en el décimo día hábil al de su registro, no existe impedimento para que se realice en el día de la jornada de reflexión.

Descriptores de materia:

JORNADA DE REFLEXIÓN

MOCIÓN DE CENSURA

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