Junta Electoral Central - Portal

Acuerdos por sesiones

Logotipo de la Junta Electoral Central
Versión para imprimir

Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 16/11/2011

Núm. Acuerdo: 708/2011

Núm. Expediente: 122/36

Autor: Sra. Secretaria de la Junta Electoral Provincial de Albacete

Objeto:

Consulta sobre a quién corresponde ejercer la suplencia del Secretario de la Junta Electoral Provincial.

Acuerdo:

De acuerdo con el artículo 25.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, aplicable en virtud de lo dispuesto en el artículo 120 LOREG, "La designación y el cese, así como la sustitución temporal del Secretario en supuestos de vacante, ausencia o enfermedad se realizarán según lo dispuesto en las normas específicas de cada órgano y, en su defecto, por acuerdo del mismo". En la medida en que no existen normas específicas en la LOREG, corresponde a cada Junta decidir quién deba ejercer la Secretaría de la Junta en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad del Secretario titular.

Descriptores de materia:

JUNTAS ELECTORALES PROVINCIALES

SECRETARIOS DE JUNTAS ELECTORALES - Sustitución

   Volver