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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 15/09/2011

Núm. Acuerdo: 520/2011

Núm. Expediente: 121/75

Autor: Excmo. Sr. Presidente del Consejo General del Poder Judicial.

Objeto:

Consulta sobre prórroga de las Juntas Electorales constituidas a efectos de las elecciones locales de 22 de mayo afectadas por repetición de elecciones, consecuencia de sentencia o de celebración de elecciones locales parciales.

Acuerdo:

En la medida en que el artículo 15.2 de la LOREG establece que el mandato de las Juntas Electorales Provinciales y de Zona concluye cien días después de las elecciones, supuesto que sólo se exceptúa por el apartado 3 del citado artículo 15 cuando durante su mandato se convoquen otras elecciones, esta Junta entiende que las citadas Juntas concluyeron su mandato el día 30 de agosto, al no haberse producido ninguna convocatoria electoral antes de dicha fecha. En consecuencia, en el momento en el que se produzca una convocatoria electoral deberá procederse a realizar un nuevo sorteo para la designación de los Vocales judiciales de las Juntas Electorales Provinciales y de Zona.

Proceso electoral asociado:

Elecciones Locales Parciales (20 de noviembre de 2011)

Elecciones Locales 2011

Descriptores de materia:

JUNTAS ELECTORALES - Mandato

JUNTAS ELECTORALES DE ZONA

JUNTAS ELECTORALES PROVINCIALES

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