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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 15/09/2011

Núm. Acuerdo: 522/2011

Núm. Expediente: 354/33

Autor: Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Letux (Zaragoza).

Objeto:

Consulta sobre toma de posesión de un concejal ante el Alcalde del Ayuntamiento y dando fe del acto el Secretario Municipal.

Acuerdo:

1.- La toma de posesión es requisito necesario para adquirir la plena condición de Concejal, conforme al artículo 108 LOREG. 2.- Es doctrina de esta Junta que, ante la imposibilidad de celebración de una sesión plenaria para la toma de posesión de un concejal por no existir el quórum necesario para ello debido a la reiterada inasistencia de miembros de la misma a las sesiones convocadas, el concejal puede por ello tomar posesión ante el Secretario de la Corporación que ha de dar fe de este acto, así como del cumplimiento de los requisitos fijados para la adquisición del cargo, debiéndose ratificar la toma de posesión efectuada ante el Secretario en la primera sesión plenaria que se celebre. Una vez tomada posesión ante el Secretario de la Corporación, el trámite que procede realizar ante el Pleno consistirá en dar cuenta de dicha toma de posesión y de haber prestado el correspondiente juramento o promesa. (Ac. 29 de noviembre de 2000). 3.- Es doctrina de esta Junta que una vez que el candidato electo ha tomado posesión, la competencia para resolver cuestiones relativas al estatuto de sus miembros corresponde a la Corporación (Ac 20 de octubre de 2000).

Descriptores de materia:

CONCEJALES - Toma de posesión

SECRETARIO DE AYUNTAMIENTO

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