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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 10/05/2011

Núm. Acuerdo: 264/2011

Núm. Expediente: 293/126

Autor: Excmo. Sr Presidente de la Junta Electoral Provincial de Asturias.

Objeto:

Recurso interpuesto por la Coalición Bloque por Asturias-Unida Nacionalista Asturias: Compromisu por Asturies contra acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Asturias de 4 de mayo en relación con distribución de espacios gratuitos de propaganda electoral.

Acuerdo:

Se acuerda desestimar el presente recurso y confirmar el acuerdo adoptado por la Junta Electoral Provincial de Asturias de 5 de mayo. Esta Junta ha indicado reiteradamente que a los efectos de la determinación de los espacios gratuitos que corresponden a una entidad política que en las anteriores elecciones concurrió formando parte de una coalición electoral, ha de dividirse el número total de votos obtenidos en las referidas elecciones por la coalición por el número total de escaños conseguidos por la misma y multiplicar esta cifra por el número de candidatos de la entidad política que ahora concurre en solitario que obtuvieron escaño. En el presente caso, eso es lo que hizo la Junta Electoral Provincial de Asturias, al atribuir a cada una de las dos formaciones políticas que en anteriores elecciones equivalentes concurrieron en coalición la parte proporcional a los escaños que efectivamente obtuvieron del tiempo de los espacios gratuitos que les corresponde.

Por otra parte, esta Junta entiende que la distribución de espacios de propaganda electoral gratuita cumple con los principio de proporcionalidad y neutralidad que son exigibles a los medios de comunicación de titularidad pública con arreglo a los artículos 61 a 67 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.

Descriptores de materia:

COALICIONES ELECTORALES

ESPACIO GRATUITO

PROPAGANDA ELECTORAL

RECURSOS ADMINISTRATIVOS

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