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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 17/05/2011

Núm. Acuerdo: 325/2011

Núm. Expediente: 293/183

Autor: Ilma. Sra. Presidenta de la Junta Electoral de la Comunidad Autónoma de Valencia.

Objeto:

Recurso interpuesto por la Abogacía de la Generalidad de Valencia contra Acuerdo de la Junta Electoral de la Comunidad Valenciana de 11 de mayo por el que se estima parcialmente la queja presentada por el Partido Socialista Obrero Español contra el Consell de la Generalidad Valenciana por incumplimiento del artículo 50 de la LOREG y vulneración de diversos apartados de la Instrucción 2/2011 de la Junta Electoral Central en relación con el objeto y los límites de las campañas institucionales y de los actos de inauguración realizados por los poderes públicos en periodo electoral.

Acuerdo:

Desestimar el recurso y confirmar el acuerdo de la Junta Electoral de la Comunidad Valenciana.

Esta Junta considera que la campaña institucional "Renta 2010, Una Comunitat amb avantages per a tots" insertada en la página web de la Generalitat en el contenido Tributos denominado "Campanya Institucional" y difundida a través de diversos medios privados de comunicación, con publicidad pagada, tiene connotaciones electoralistas y por ello no constituye una de las actuaciones de campaña institucional permitidas a los poderes públicos por el artículo 50.1 de la LOREG y el apartado cuarto de la Instrucción 2/2011, de 24 de marzo de la Junta Electoral Central sobre interpretación del artículo 50 de la LOREG. La Generalitat Valenciana es un poder público y del contenido de la campaña, realizada en período electoral, no puede afirmarse que resulte imprescindible para la salvaguarda del interés público o correcto funcionamiento de los servicios públicos.

Descriptores de materia:

ACTOS INSTITUCIONALES - Irregularidades

RECURSOS ADMINISTRATIVOS

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