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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 22/05/2011

Núm. Acuerdo: 361/2011

Núm. Expediente: 293/199

Autor: Representante General de Izquierda Unida

Objeto:

Denuncia relativa a la información electoral ofrecida por las cadenas de televisión Telecinco y Antena 3.

Acuerdo:

Esta Junta acuerda desestimar la denuncia presentada por la formación política IU contra las cadenas de televisión Telecinco y Antena 3. Esta Junta Electoral Central es competente para enjuiciar el respeto a los principios de pluralismo e igualdad y a la necesaria garantía del respeto por las televisiones privadas de los principios de proporcionalidad y neutralidad informativa pero dicha competencia se ejerce en relación a quejas concretas. Ante el carácter genérico de la pretensión y la imposibilidad probatoria y a la vista de las alegaciones de las cadenas privadas en las que detallan noticias relativas a la formación recurrente dentro de su programación informativa, esta Junta estima que no se ha producido una vulneración de los principios contenidos en el artículo 66 de LOREG. Se acuerda asimismo dar traslado al denunciante para su conocimiento de las alegaciones realizadas por los medios citados en su escrito.

Descriptores de materia:

DENUNCIAS Y RECLAMACIONES

MEDIOS DE COMUNICACIÓN PRIVADOS

NEUTRALIDAD INFORMATIVA Y PLURALISMO POLÍTICO

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