Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 16/06/2011
Núm. Acuerdo: 461/2011
Núm. Expediente: 286/38
Objeto:
Recurso interpuesto por coalición Compromís contra Acuerdo de la Junta Electoral de la Comunidad Valenciana de 30 de mayo por el que se determinan las candidaturas que han obtenido más del 5 por ciento de los votos emitidos a efectos de las elecciones autonómicas.
Acuerdo:
Inadmitir a trámite por cuanto que la petición que se formula en el recurso presentado por el representante general de la candidatura Bloc-Iniciativa- Verds: Coalició Compromís viene a reproducir una solicitud ya contenida en escrito anterior de 20 de mayo de 2011 y que fue desestimada por la Junta Electoral de la Comunidad Valenciana mediante Resolución nº 71/11 de 25 de mayo, la cual no ha sido objeto de recurso alguno y debe tenerse por acto consentido y firme, resultando además que no se trata de un asunto en que la recurrente pueda considerarse como interesada pues la candidatura recurrente obtuvo el número de votos superior al cinco por cien de los emitidos en la Comunidad Valenciana. A mayor abundamiento es doctrina reiterada de esta Junta Electoral Central que no es competencia de la Junta Electoral cuestionar la legalidad de una convocatoria electoral y de igual modo tampoco cabe el enjuiciamiento de la legalidad por la Junta Electoral de las disposiciones normativas ni tampoco elevar cuestiones de inconstitucionalidad o plantear recurso de amparo. ( Ac. 24 de febrero de1989 y de 22 de marzo de 1990).
Proceso electoral asociado:
Elecciones a las Corts Valencianes 2011
Descriptores de materia:
JUNTAS ELECTORALES - Acuerdos
JUNTAS ELECTORALES DE COMUNIDADES AUTÓNOMAS
RECURSOS ADMINISTRATIVOS
RESULTADOS ELECTORALES