Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 18/11/2011
Núm. Acuerdo: 721/2011
Núm. Expediente: 293/289
Autor: | Ayuntamiento de Guadarrama (Madrid). |
Objeto:
Consulta del Ayuntamiento de Guadarrama (Madrid) sobre si debe precederse a la retirada de carteles que contengan publicidad electoral el día de reflexión.
Acuerdo:
1.- La Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General (LOREG) no prevé la obligación de retirar en la jornada de reflexión o en la de votación las pancartas y carteles electorales que hayan sido instalados durante la campaña electoral. Ello se entiende sin perjuicio de que, como esta Junta ha indicado en reiteradas ocasiones, el artículo 53 de la LOREG impide la contratación de nuevos espacios de propaganda electoral por las formaciones políticas una vez concluida la campaña electoral.
2.- A partir del día de votación, la Administración Electoral carece de competencias en relación con la retirada de las pancartas y carteles electorales.
Proceso electoral asociado:
Elecciones a Cortes Generales 2011
Descriptores de materia:
JORNADA DE REFLEXIÓN
JORNADA ELECTORAL
PROPAGANDA ELECTORAL