Junta Electoral Central - Portal

Acuerdos por sesiones

Logotipo de la Junta Electoral Central
Versión para imprimir

Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 28/04/2011

Núm. Acuerdo: 184/2011

Núm. Expediente: 250/97

Autor: Ilmo. Sr. Presidente de la Junta Electoral Provincial de Las Palmas

Objeto:

Consulta sobre la documentación exigible a los ciudadanos de la Unión Europea y extranjeros elegibles para concurrir como candidatos a las elecciones municipales.

Acuerdo:

Esta Junta considera que sigue en vigor la Instrucción que aprobó en su sesión de 15 de marzo de 1999 (BOE de 19 de marzo), que establece que "en el caso de los ciudadanos de la Unión Europea y, en las elecciones municipales, de los nacionales de países que otorguen a los ciudadanos españoles el derecho de sufragio pasivo en sus elecciones municipales, en los términos de un Tratado, la documentación a aportar, en relación con cada candidato comprendido en esta Norma, será la siguiente:

1º. Fotocopia simple del documento oficial acreditativo de la identidad del candidato.

2º. Declaración formal firmada por el candidato en la que conste su nacionalidad, su domicilio en España, que el candidato no se encuentra privado del derecho de sufragio pasivo en el Estado de origen y la mención del último domicilio en el Estado de origen.

3º. Certificado de inscripción en el censo electoral en virtud de la manifestación de voluntad de ejercer el derecho de sufragio en España en las elecciones de que se trate."

Proceso electoral asociado:

Elecciones Locales 2011

Descriptores de materia:

CANDIDATOS - Requisitos

EXTRANJEROS

   Volver