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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 19/05/2011

Núm. Acuerdo: 335/2011

Núm. Expediente: 134/31

Autor: Ilmo. Sr. Presidente de la Junta Electoral Provincial de Guipúzcoa

Objeto:

Consulta sobre posibilidad de que las Juntas Electorales de Zona puedan delegar en los Secretarios de Ayuntamientos las competencias del artículo 56.2 de la LOREG.

Acuerdo:

Las funciones previstas en el artículo 56.2 de la LOREG son propias y exclusivas de las Juntas Electorales de Zona e indelegables ( Acuerdo 24 de mayo de 1999).

Descriptores de materia:

PROPAGANDA ELECTORAL

SECRETARIO DE AYUNTAMIENTO

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