Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 19/05/2011
Núm. Acuerdo: 335/2011
Núm. Expediente: 134/31
Autor: | Ilmo. Sr. Presidente de la Junta Electoral Provincial de Guipúzcoa |
Objeto:
Consulta sobre posibilidad de que las Juntas Electorales de Zona puedan delegar en los Secretarios de Ayuntamientos las competencias del artículo 56.2 de la LOREG.
Acuerdo:
Las funciones previstas en el artículo 56.2 de la LOREG son propias y exclusivas de las Juntas Electorales de Zona e indelegables ( Acuerdo 24 de mayo de 1999).
Descriptores de materia:
PROPAGANDA ELECTORAL
SECRETARIO DE AYUNTAMIENTO