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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 30/06/2011

Núm. Acuerdo: 477/2011

Núm. Expediente: 201/359

Autor: Sr. Director de la Oficina del Censo Electoral

Objeto:

Consulta sobre interpretación de la nueva redacción del artículo 39 de la LOREG referido a rectificación del Censo en periodo electoral.

Acuerdo:

En relación a la consulta planteada y atendiendo a la finalidad del procedimiento de revisión establecido, que no es otro que proceder a impugnar el censo que en los seis meses anteriores haya registrado un incremento de residentes significativo y no justificado, ha de entenderse que el artículo 39. 4 LOREG se refiere a las entidades locales que hayan sido objeto de comunicación a la Junta Electoral Central por aplicación del artículo 30. c) de la citada Ley Orgánica.

Descriptores de materia:

CENSO ELECTORAL - Datos

CENSO ELECTORAL - Rectificaciones

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