Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 07/04/2011
Núm. Acuerdo: 136/2011
Núm. Expediente: 293/65
Objeto:
Representante General de Partido Político. Consultas sobre utilización de vallas publicitarias para dar a conocer actos electorales de partidos políticos.
Acuerdo:
Esta Junta Electoral entiende, con carácter general, que una valla publicitaria debe ser considerada no como un medio de difusión de actos o mítines de presentación de candidaturas sino como un medio de publicidad electoral a efectos de lo dispuesto por el artículo 66 de la LOREG y la Instrucción 4/2011 de la Junta Electoral Central.
Descriptores de materia:
PROPAGANDA ELECTORAL