Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 07/04/2011
Núm. Acuerdo: 134/2011
Núm. Expediente: 293/58
Objeto:
Representante General de Partido Político. Consulta sobre posibilidad de incluir eslóganes a través de Internet para anunciar la celebración de actos electorales.
Acuerdo:
Esta Junta Electoral considera que, con carácter general, es contrario al artículo 53 LOREG que en el período comprendido entre la convocatoria electoral y la fecha de comienzo de la campaña electoral en los medios de difusión empleados para dar a conocer actos o mítines de presentación de candidaturas, se introduzcan eslóganes o mensajes que puedan entenderse como propaganda electoral. No obstante, corresponderá a las Juntas Electorales competentes analizar las circunstancias concurrentes en cada caso, con motivo de las reclamaciones o recursos que puedan plantearse ante ellas.
Descriptores de materia:
INTERNET Y OTROS MEDIOS ELECTRÓNICOS
PROPAGANDA ELECTORAL