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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 07/04/2011

Núm. Acuerdo: 112/2011

Núm. Expediente: 282/72

Objeto:

Consulta sobre las actas notariales que deben realizarse para la formalización de candidatura por agrupaciones de electores.

Acuerdo:

No existe ningún modelo de acta notarial aprobado por esta Junta para la presentación de candidaturas por agrupaciones de electores.

Los requisitos de carácter material que debe reunir una agrupación de electores para concurrir a las elecciones municipales a los efectos de confeccionar el acta notarial se encuentran establecidos por los artículos 44 y 187 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General. Asimismo puede tenerse en cuenta el Real Decreto 605/1999, de 16 de abril, de Regulación Complementaria de los Procesos Electorales, en cuyo Anexo dedicado a las Elecciones Locales figura el modelo de presentación de candidatos a Concejales, Alcalde, Alcalde Pedáneo y Consejero de Cabildos por agrupaciones de electores.

Se acompaña asimismo el Acuerdo de esta Junta de 16 de febrero de 2006 en el que se recoge la doctrina relativa a las agrupaciones de electores.

Descriptores de materia:

AGRUPACIONES DE ELECTORES

CANDIDATURAS - Presentación

ELECCIONES LOCALES

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