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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 17/03/2011

Núm. Acuerdo: 53/2011

Núm. Expediente: 330/160

Autor: Ilmo. Sr. Secretario General de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas. Región de Murcia

Objeto:

Consulta sobre información a proporcionar a los electores con discapacidad visual, ya que, dada la coincidencia de elecciones autonómicas y municipales, en virtud de lo dispuesto en el artículo 87.1 de la LOREG y en el Real Decreto 1612/2007, de 7 de diciembre, por el que se regula un procedimiento de voto accesible que facilite a las personas con discapacidad visual el ejercicio del derecho de sufragio, el procedimiento de votación por los discapacitados en tales procesos electorales puede ser distinto.

Acuerdo:

En la medida en que el procedimiento de voto accesible de personas con discapacidad visual regulado en el Real Decreto 1612/2007 no es aplicable a las próximas elecciones locales, nada impide el que en la campaña informativa que una Comunidad Autónoma pueda hacer para explicar ese procedimiento pueda aclarar que sólo será aplicable a las elecciones a la Asamblea Legislativa de dicha Comunidad Autónoma.

Proceso electoral asociado:

Elecciones Locales 2011

Descriptores de materia:

DERECHO DE SUFRAGIO ACTIVO

ELECCIONES AUTONÓMICAS

PERSONA CON DISCAPACIDAD

PROPAGANDA ELECTORAL

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