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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 08/03/2012

Núm. Acuerdo: 27/2012

Núm. Expediente: 341/269

Autor: Ilma. Sra. Directora General de Política Interior.

Objeto:

A efectos del abono de subvenciones establecidas en el artículo 175.3 de la LOREG, consulta sobre formaciones políticas que tienen derecho a la misma, a la vista de las certificaciones de los Grupos Parlamentarios constituidos en el Congreso de los Diputados.

Acuerdo:

En la medida en que la legislación electoral no establece ninguna previsión, esta Junta entiende que a efectos de lo dispuesto en el artículo 175.3.a) de la LOREG deberán tenerse en cuenta los grupos parlamentarios y las formaciones políticas que los integran correspondientes al momento en que se constituyan dichos grupos al comienzo de la legislatura. La elección de cualquier otro momento carecería de la objetividad de esta solución pues dependería del momento concreto en que se expida la certificación.

Descriptores de materia:

GASTOS Y SUBVENCIONES ELECTORALES - Requisitos

GRUPOS PARLAMENTARIOS

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