Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 15/11/2012
Núm. Acuerdo: 165/2012
Núm. Expediente: 300/145
Autor: | Represente General del Partido Nacionalista Vasco. |
Objeto:
Solicitud de que las encuestas electorales sobre intención de voto realizadas por las formaciones políticas se consideren gasto electoral de los incluidos en el art 130 de la LOREG.
Acuerdo:
El criterio de la Junta Electoral Central es que los gastos derivados de la realización de encuestas electorales sobre intención de voto en período electoral por las formaciones políticas concurrentes a las elecciones no están comprendidos en el concepto recogido en el artículo 130.b de la LOREG, al no tratarse de propaganda o de publicidad directa o indirectamente dirigida a promover el voto a sus candidaturas.
Descriptores de materia:
ELECCIONES AUTONÓMICAS
ENCUESTAS Y SONDEOS
GASTOS Y SUBVENCIONES ELECTORALES - Requisitos