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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 15/11/2012

Núm. Acuerdo: 165/2012

Núm. Expediente: 300/145

Autor: Represente General del Partido Nacionalista Vasco.

Objeto:

Solicitud de que las encuestas electorales sobre intención de voto realizadas por las formaciones políticas se consideren gasto electoral de los incluidos en el art 130 de la LOREG.

Acuerdo:

El criterio de la Junta Electoral Central es que los gastos derivados de la realización de encuestas electorales sobre intención de voto en período electoral por las formaciones políticas concurrentes a las elecciones no están comprendidos en el concepto recogido en el artículo 130.b de la LOREG, al no tratarse de propaganda o de publicidad directa o indirectamente dirigida a promover el voto a sus candidaturas.

Descriptores de materia:

ELECCIONES AUTONÓMICAS

ENCUESTAS Y SONDEOS

GASTOS Y SUBVENCIONES ELECTORALES - Requisitos

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