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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 15/11/2012

Núm. Acuerdo: 158/2012

Núm. Expediente: 251/486

Autor: Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Pilas (Sevilla).

Objeto:

Consulta sobre incompatibilidad del cargo de concejal con el desempeño del puesto de director informático de carácter temporal en una sociedad de capital público participada por la Diputación Provincial y mayoritariamente por el Ayuntamiento.

Acuerdo:

1º) Con carácter general, no corresponde a esta Junta proceder al enjuiciamiento de situaciones concretas producidas dentro del ámbito de competencias de las Corporaciones Locales, como sucede respecto del examen de incompatibilidades en que puedan incurrir los miembros de las Corporaciones Locales, que es competencia del Pleno de la correspondiente Corporación.

2º) El artículo 178.2.b) de la LOREG establece la incompatibilidad con la condición de concejal del personal de las entidades y establecimientos que dependan del Ayuntamiento, debiendo entender como tales aquellas sociedades de capital público con participación mayoritaria del Ayuntamiento.

Descriptores de materia:

CONCEJALES - Incompatibilidad

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