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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 06/11/2012

Núm. Acuerdo: 153/2012

Núm. Expediente: 341/273

Autor: Representante General del Partido Popular

Objeto:

Consulta sobre número máximo de envíos de propaganda electoral que pueden acogerse a la subvención finalista prevista en el artículo 175.3 de la LOREG, en las elecciones al Parlamento de Cataluña, a la vista del acuerdo de la Sindicatura de Cuentas de Cataluña de 23 de octubre de 2012.

Acuerdo:

El criterio recogido en el Acuerdo del Pleno de la Sindicatura de Cuentas de Cataluña de 23 de octubre de 2012, en el sentido de que "para poder determinar el número de envíos justificados con derecho a subvención se comprobará que los envíos realizados no superan el número máximo de electores a nivel provincial, obtenido por la suma de los electores de las circunscripciones en las que la formación política se haya presentado", y de que "en el caso contrario, el exceso de los envíos declarados sobre el número máximo de electores a los que se les ha podido efectuar el envío se considerará no subvencionable", reproduce el adoptado por el Pleno del Tribunal de Cuentas de 27 de octubre de 2011 relativo a las elecciones generales de 2011, y fue aplicado a dichas elecciones sin que se planteara objeción alguna por la formación política que ahora plantea esta consulta.

Por otra parte ese criterio se ha basado en los acuerdos adoptados por la Junta Electoral Central el 15 de julio y el 18 de noviembre de 1994, según el cual procede el abono de la subvención finalista establecida en el artículo 175.3 de la LOREG por cada envío electoral realizado efectivamente con el límite máximo del número de electores de las circunscripciones correspondientes y de los gastos declarados como justificados.

Esta Junta Electoral considera que no se ha planteado ningún argumento relevante como para modificar este criterio y, en consecuencia, la subvención finalista prevista en el artículo 175.3 de la LOREG únicamente podrá abonarse por un número de envíos que no sea superior a la suma del número de electores de las circunscripciones en las que la formación política se haya presentado, como recoge el Acuerdo de la Sindicatura de Cuentas de Cataluña.

Descriptores de materia:

ELECCIONES AUTONÓMICAS

GASTOS Y SUBVENCIONES ELECTORALES - Cantidades

GASTOS Y SUBVENCIONES ELECTORALES - Límites

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