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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 17/07/2012

Núm. Acuerdo: 80/2012

Núm. Expediente: 354/68

Autor: Sra. Secretaria del Ayuntamiento de Valdeavero (Madrid)

Objeto:

Consulta relativa a los plazos y forma de convocatoria de una sesión de un Pleno municipal que tiene por objeto la elección de Alcalde y la renovación de un Concejal.

Acuerdo:

1.- En relación al cómputo del plazo legal para celebrar el Pleno conforme al artículo 119 de la LOREG y tal y como se recoge en la Instrucción de 10 de julio de 2003 de la Junta Electoral Central sobre sustitución de cargos representativos locales en su Punto Primero 4, los plazos se entienden siempre en días naturales.

2.- En relación a la convocatoria y presidencia del Pleno de sustitución del Alcalde y del Concejal que ostentaba la condición de único Teniente de Alcalde, conforme al artículo 23. 2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, aplicable conforme al artículo 120 de la LOREG, en relación con la sustitución en órganos colegiados establece que: en casos de vacante, ausencia o enfermedad u otra causa legal, el Presidente será sustituido por el Vicepresidente que corresponda, y en su defecto, por el miembro del órgano colegiado de mayor jerarquía, antigüedad y edad, por este orden, de entre sus componentes.

Descriptores de materia:

ALCALDES - Sustitución

ALCALDES - Vacantes

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