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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 10/05/2012

Núm. Acuerdo: 63/2012

Núm. Expediente: 354/61

Autor: Particulares

Objeto:

Consulta sobre el modo de proceder en el supuesto de que todos los Concejales de una corporación estén incursos en una causa de abstención ex artículo 28.2 de la Ley 30/1992.

Acuerdo:

Esta Junta Electoral Central carece de competencias en materia de régimen local, y no por tanto de régimen electoral (Ac. 2 de abril de 1987, 2 de marzo de 1991, 18 de enero de 1994 entre otros muchos), como es el hecho de la valoración de las posibles causas de abstención en la adopción de un acuerdo de Pleno de una Corporación Municipal ex artículo 28. 2 de la Ley 30/1992.

Descriptores de materia:

CONCEJALES

JUNTAS ELECTORALES - Competencias

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