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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 06/02/2013

Núm. Acuerdo: 7/2013

Núm. Expediente: 293/329

Autor: Ilma. Sra. Presidenta de la Junta Electoral Provincial de Barcelona.

Objeto:

La Junta Electoral Provincial de Barcelona remite a la Junta Electoral Central, por considerar que es competencia de la misma, expediente correspondiente a denuncia telefónica formulada por particular en relación con emisión por la cadena privada de televisión "8TV", en la jornada electoral, de debates electorales celebrados con anterioridad.

Acuerdo:

Devolver el asunto a la Junta Electoral Provincial de Barcelona, por cuanto, de conformidad con lo dispuesto en el apartado Segundo de la Instrucción de la Junta Electoral Central 4/2011, de 24 de marzo, de interpretación del artículo 66 de la LOREG, la Junta Electoral competente para conocer de las denuncias, quejas o reclamaciones que puedan formular los representantes generales o de las candidaturas, debidamente acreditados, en el caso de medios cuyo ámbito de difusión sea una Comunidad Autónoma y no exista Junta Electoral de Comunidad Autónoma, es la Junta Electoral Provincial de la provincia en la que radique el medio.

Descriptores de materia:

DENUNCIAS Y RECLAMACIONES

ENTREVISTAS Y DEBATES

INFRACCIONES Y DELITOS ELECTORALES

JORNADA ELECTORAL

JUNTAS ELECTORALES - Competencias

MEDIOS DE COMUNICACIÓN PRIVADOS

TELEVISIÓN

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