Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 06/02/2013
Núm. Acuerdo: 7/2013
Núm. Expediente: 293/329
Autor: | Ilma. Sra. Presidenta de la Junta Electoral Provincial de Barcelona. |
Objeto:
La Junta Electoral Provincial de Barcelona remite a la Junta Electoral Central, por considerar que es competencia de la misma, expediente correspondiente a denuncia telefónica formulada por particular en relación con emisión por la cadena privada de televisión "8TV", en la jornada electoral, de debates electorales celebrados con anterioridad.
Acuerdo:
Devolver el asunto a la Junta Electoral Provincial de Barcelona, por cuanto, de conformidad con lo dispuesto en el apartado Segundo de la Instrucción de la Junta Electoral Central 4/2011, de 24 de marzo, de interpretación del artículo 66 de la LOREG, la Junta Electoral competente para conocer de las denuncias, quejas o reclamaciones que puedan formular los representantes generales o de las candidaturas, debidamente acreditados, en el caso de medios cuyo ámbito de difusión sea una Comunidad Autónoma y no exista Junta Electoral de Comunidad Autónoma, es la Junta Electoral Provincial de la provincia en la que radique el medio.
Descriptores de materia:
DENUNCIAS Y RECLAMACIONES
ENTREVISTAS Y DEBATES
INFRACCIONES Y DELITOS ELECTORALES
JORNADA ELECTORAL
JUNTAS ELECTORALES - Competencias
MEDIOS DE COMUNICACIÓN PRIVADOS
TELEVISIÓN