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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 20/03/2014

Núm. Acuerdo: 61/2014

Núm. Expediente: 354/158

Objeto:

Solicitud de informe a la Junta Electoral Central respecto a la admisión de la renuncia anticipada del candidato siguiente de la lista electoral del Partido Popular, remitida por correo electrónico sin que se pueda identificar al remitente con el candidato, habiendo sido expedida credencial al mismo por la Junta Electoral Central.

Acuerdo:

1.- La Junta Electoral Central tiene reiteradamente declarado que habiendo renuncias anticipadas, han de formularse dichas renuncias a la condición de concejal mediante comparecencia personal ante el Sr. Secretario de la Corporación, o, si se hubiera presentado con anterioridad a la cobertura de la presente vacante escrito de renuncia a tal condición, habrá de ratificarse tal renuncia previa por comparecencia personal ante el Sr. Secretario de la Corporación.

2.- Si por circunstancias excepcionales no pudiera producirse esa comparecencia personal ante el Secretario, éste podrá utilizar otros medios de prueba admitidos en Derecho que le permitan acreditar el carácter voluntario e indubitado de la renuncia anticipada, comunicándolo así a la Junta Electoral competente para expedir la credencial.

Descriptores de materia:

CANDIDATOS - Renuncia

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