Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 20/03/2014
Núm. Acuerdo: 48/2014
Núm. Expediente: 140/282
Autor: | Ilmo. Sr. Director de la Oficina del Censo Electoral |
Objeto:
Consulta urgente sobre la posibilidad de ubicar un local electoral fuera del municipio.
Acuerdo:
El criterio de esta Junta es que un local electoral debe situarse dentro del término municipal, sin perjuicio de las excepciones que pueda acordar en causas justificadas la Junta Electoral Provincial correspondiente en el ejercicio de su competencia que le reconoce el artículo 24 de la LOREG.
Descriptores de materia:
COLEGIOS ELECTORALES
MESAS ELECTORALES