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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 11/09/2014

Núm. Acuerdo: 212/2014

Núm. Expediente: 354/182

Autor: Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Quintana y Congosto (León)

Objeto:

El Ayuntamiento de Quintana y Congosto (León) remite informe jurídico realizado por el Secretario del Ayuntamiento, a petición del Presidente de la Junta Vecinal, relativo a los trámites necesarios para la cobertura de vacante por renuncia de Presidente y Suplente de Junta Vecinal.

Acuerdo:

1. No corresponde a esta Junta Electoral Central entrar a examinar materias propias del régimen local, ni proceder al enjuiciamiento de situaciones concretas producidas dentro del ámbito de competencias de las corporaciones locales, ni convalidar o rectificar informes realizados por un Secretario de una Corporación local, sino que su labor debe limitarse a la interpretación de las disposiciones establecidas en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General o en la normativa de desarrollo de ésta.

2. La Junta Electoral Central tiene reiteradamente declarado que, conforme a lo previsto en la Ley de Régimen Local de Castilla y León, vacante el cargo de Alcalde Pedáneo por renuncia del titular y del suplente, deberá la Diputación Provincial designar el Alcalde Pedáneo Gestor, al que corresponderá nombrar a todos los vocales gestores, salvo que continúe en el ejercicio de dicho cargo el Vocal designado en su momento por la Junta Electoral de Zona como candidato segundo en el número de votos o, si dicho vocal ha fallecido o renunciado, exista suplente del mismo que deba ser nombrado por la Diputación Vocal Gestor (Ac 4 de octubre de 2004).

Descriptores de materia:

PRESIDENTES DE JUNTAS ELECTORALES - Renuncia

PRESIDENTES DE JUNTAS ELECTORALES - Vacantes

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