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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 27/02/2014

Núm. Acuerdo: 30/2014

Núm. Expediente: 414/20

Autor: Otros

Objeto:

Comunicación de que los Vocales no judiciales propuestos son los que fueron en las elecciones municipales de 2011 de esta misma localidad, poniéndolo en conocimiento del Ayuntamiento de Larraga.

Acuerdo:

En la medida en que no se encuentra constituida la Junta Electoral Foral de Navarra y de conformidad con lo establecido en el artículo 12.1 de la Ley Foral de Navarra 27/2002, de 28 de octubre, reguladora de consultas populares de ámbito local y en el artículo 11.1.b) de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, se acuerda designar como Vocales no judiciales de la Junta Electoral de Zona de Tafalla, conforme a la propuesta remitida por la citada Junta con motivo de la celebración de la consulta popular en el municipio de Larraga. El presente Acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de Navarra.

Proceso electoral asociado:

Elecciones Locales 2011

Descriptores de materia:

CONSULTAS POPULARES LOCALES

VOCALES NO JUDICIALES DE JUNTAS ELECTORALES - Designación

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