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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 11/06/2014

Núm. Acuerdo: 193/2014

Núm. Expediente: 293/414

Autor: Representante de Foro de Ciudadanos (FAC).

Objeto:

Recurso interpuesto por Foro de Ciudadanos (FAC) contra el Acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Asturias de fecha 24 de mayo de 2014, por el que se desestima su denuncia contra el Gobierno del Principado de Asturias y el PSOE, por la publicación en la web institucional y Nota de prensa del anuncio del reforzamiento de sus políticas contra el paro.

Acuerdo:

Desestimar el recurso y confirmar el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Asturias por los siguientes motivos:

La publicación en la web institucional del Gobierno del Principado de Asturias del anuncio de que dicho Gobierno regional pretende reforzar sus políticas contra el paro mediante la concesión de subvenciones para realizar funciones de formación a personas inscritas en el Servicio de Empleo, en el marco de unas elecciones al Parlamento Europeo, no constituyen un acto de campaña institucional prohibido por el artículo 50.2 de la LOREG, al reducirse el hecho denunciado a ese anuncio y tratarse de medidas que entran dentro de las competencias del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma.

Por otra parte, no cabe entender que la circunstancia de que esas medidas coincidan con el programa electoral que esa formación política presentó a las elecciones autonómicas, tampoco cabe considerar que incurra en la prohibición establecida en el último inciso del artículo 50.2 de la LOREG, puesto que lo que dicho inciso prohíbe en unas elecciones europeas es utilizar expresiones coincidentes o similares con las utilizadas por esa formación política en las mismas elecciones al Parlamento Europeo, lo que no ha sido acreditado por la formación denunciante.

El presente Acuerdo es firme en vía administrativa y en la medida en que ratifica íntegramente el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Asturias, puede ser objeto de recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias en el plazo de dos meses desde su notificación, conforme a lo dispuesto en los artículos 21.2.a y 10.1.f) de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Descriptores de materia:

DENUNCIAS Y RECLAMACIONES

ELECCIONES AL PARLAMENTO EUROPEO

PUBLICIDAD INSTITUCIONAL - Irregularidades

RECURSOS ADMINISTRATIVOS

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